Este inmueble ubicado en la calle Bolívar 215 (antigua calle del Lobo o General Nieto) esquina con Ugarte (antigua calle de la Moneda), actual Centro Histórico de Arequipa. Mas su fachada es de estilo arquitectónico neoclásico. Tiene la condición este inmueble de patrimonio cultural de la nación por Resolución Suprema No. 505-74-ED. del 15/10/1974.
En suma, se accede al primer patio por un
zaguán, que tiene un enrejado en la parte final. Dentro de la estructura del
inmueble, se constituye en ocho fases arquitectónicas; pasando por la más
primitiva en el siglo XVIII, con un estilo barroco, posteriormente paso a un
estilo de transición en el siglo XIX, y conjuntamente con un estilo neoclásico;
finalmente tuvo un estilo ecléctico en
el siglo XX.
Tiene la denominación de “Casa Diez Canseco”, teniendo
como actual propietario al Gobierno Regional de Arequipa. Tubo por numeración
25 de la calle Bolívar en 1875. El propietario primitivo del inmueble
fue el coronel Don José Manuel Diez Canseco, quien fue hijo de Don Pedro Diez
Canseco y Sánchez Corbacho quien fue militar y político peruano, igualmente,
desempeño la presidencia interina en tres ocasiones durante el siglo XIX. La
propiedad lo adquirió posteriormente Don Santiago Vargas Maldonado, a un costo
de 9600 soles, según figura en la escritura del 12 de mayo de 1875.
Posteriormente, al deceso de Don Manuel Santiago Vargas Maldonado el
inmueble pasa a propiedad de su hijo Ángel Gerardo Francisco Vargas Murga,
mediante testamento otorgado ante el notario Dr. José María Tejeda el 29 de
abril de 1899, después lo adquiere Doña Jesús Inés Murga Murgia viuda de
Vargas, quien fue madre del anterior dueño, a un precio de 5000 soles e
inscrita el 14 de marzo de 1904.
Por consiguiente, Don Francisco Luna Bustamante adquiere el inmueble a su
anterior dueño Doña Jesús Inés Murga Murgia, a un precio de 8500 soles e
inscrita 09 de enero de 1907. Más adelante, el inmueble pasa a propiedad de
Eduardo Luna Manrique, como hijo legítimo y heredero del coronel Don Francisco
Luna Bustamante, según testamento del 27 de agosto de 1911. En una de las
cláusulas del documento el testador dejo el quinto de sus bienes a Don Remigio
F. Luna, quien por escritura de 21 de mayo de 1918 lo vendió al teniente
coronel Eduardo Luna Manrique adquiriendo la totalidad del testamento.
Más adelante, el inmueble paso a dominio de Doña María Rosario Luna de
Rodríguez, como hija legitima y heredero del teniente coronel Don Eduardo Luna
Manrique, según testamento del 12 de diciembre de 1933. En una de las cláusulas
del testamento figura un legado remunerativo a favor de Don Juna Luna por la
caridad de 20 soles mensuales que se le dará producto del arrendamiento del
inmueble durante 10 años. Posteriormente, el inmueble pasa a propiedad de la
Sociedad Plásticos Misti S.A. PLAMISA, inscrita a mérito de haber concurrido a
esta propiedad los socios, Don Víctor M. Rodríguez Rivas y su esposa Doña María
Luna de Rodríguez, a un precio de 6330 soles el 19 de setiembre de 1964.
El 26 de abril de 1967, empieza el dominio público del inmueble, con la
adjudicación del dominio a la Junta de Rehabilitación y Desarrollo de Arequipa,
representado por Dr. Luis de la Jara a un valor de 135,872 soles, realizado
como pago parcial del inmueble, ante el señor juez del primer juzgado civil de
primera instancia el Dr. Álvaro Chocano Marina asistido por el secretario Don
Ismael Villena en rebeldía de la firma Plásticos Misti. Cabe precisar que,
dentro del área de ocupación, según la Guía Comercial de Arequipa de 1970, se
precisa que funcionaba en el inmueble el colegio Nº 935 de mujeres (ver Cuadro
05), asimismo, en la década de los 90 del siglo XX funcionaba un colegio fiscal
de enseñanza mixto, de grado inicial. Posteriormente, paso a propiedad del
Sistema Nacional de Apoyo a la Movilización Social, en mérito al decreto de Ley
Nro. 18896 y haberlo solicitado así a la novena región del Sistema Nacional de
Apoyo a la Movilización Social, según oficio Nro. 039-78-AJ-ORAMS, siendo 17 de
mayo de 1978 y registrado el 13 de junio de 1978. Más adelante, paso el
inmueble a propiedad de la Corporación Departamental de Desarrollo de Arequipa,
a mérito del artículo 45 de la Ley Nro. 23339 y según oficio Nro.
65-90-P-CORDEA, dirigido por Don Luis Calle Rodríguez como presidente de la
Corte de Arequipa, siendo el 18 de mayo de 1990.
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