Este inmueble
fue recuperado y es un espacio cultural por parte de la Municipalidad
Provincial de Arequipa en la calle Rivero 510 - 512 cedido en uso por la Sociedad de Beneficencia Publica de
Arequipa. Dicha propiedad y casona fue legado por testamento de l3 de junio de
1848 de doña María Manuela Bedoya hija natural de doña Josefa Bedoya ante el
escribano Miguel José de Chávez , que era natural de Arequipa, “soltera de toda
la vida” y sin hijo alguno, que fue dueña de “la casa de mis habitación, cita
en este barrio de Guañamarca, que herede de mis antepasados”, así como una
hacienda de Chiguata con su casa y graneros (en el cual descubrirían en la
chacra un manantial siendo de propiedad de la Sociedad de Beneficencia Pública
de Arequipa, que la empresa norteamericana The Foundation Company actual
propiedad de SEDAPAR), un chacra en Alata (herencia de su tío José Bedoya),
tres topos y cuarto de tierras adquiridos a Pablo Paz, siete topos adquiridos
en el pago de Lambramani a Juana Gualberta Campos y el principal de ocho mil
seiscientos pesos que reconocen a su favor la hacienda de Vítor denominada “La
Bedoya”. Siendo albacea de dicho testamento don Juan Mariano de Goyeneche y
Barrera conjuntamente a don Juan Bautista Velaiscaran a los cuales por este
testamento se les confirió “amplio poder el de albaceazgo en forma,
prorrogándoles el término legal, al que necesiten (...) instituyo por mis
únicos y universales herederos a mi alma y las de mis padres”, este último
punto fue motivo de juicio que hasta la corte suprema.
Posteriormente en una transacción del Sr. Manuel Álvarez Comparet que era el presidente de la Beneficencia y el Sr. Juan Mariano de Goyeneche y Barrera y por el su hijo José Sebastián Goyeneche y Gamio (con 21 años) en virtud de un poder otorgado en Lima 3 de noviembre de 1860 por el escribano Manuel de Urisa se procedió dar cumplimiento de la ejecutoria de la sentencia suprema pronunciada el 23 de agosto de 1855 para que se entreguen los bienes a los administradores de las rentas de beneficencia y para que se apliquen al Hospital de San Juan de Dios, casa de huérfanos y casas de necesidad, luego de tortuoso juicio de nulidad del testamento en una causa civil ordinaria de doña María Manuela Bedoya por parte de un pariente llamada doña Gertrudis Gonzales. A poco del inicio con la guerra con Chile fue arrendada para que funcione la Subprefectura de Arequipa, donde hubo maquinarias para hacer pólvora, luego la Beneficencia pido que la desocupara el prefecto Díaz en 0ctubre de 1883, que luego fue arrendado por el Sr. E. M. Delgado.
Posteriormente en una transacción del Sr. Manuel Álvarez Comparet que era el presidente de la Beneficencia y el Sr. Juan Mariano de Goyeneche y Barrera y por el su hijo José Sebastián Goyeneche y Gamio (con 21 años) en virtud de un poder otorgado en Lima 3 de noviembre de 1860 por el escribano Manuel de Urisa se procedió dar cumplimiento de la ejecutoria de la sentencia suprema pronunciada el 23 de agosto de 1855 para que se entreguen los bienes a los administradores de las rentas de beneficencia y para que se apliquen al Hospital de San Juan de Dios, casa de huérfanos y casas de necesidad, luego de tortuoso juicio de nulidad del testamento en una causa civil ordinaria de doña María Manuela Bedoya por parte de un pariente llamada doña Gertrudis Gonzales. A poco del inicio con la guerra con Chile fue arrendada para que funcione la Subprefectura de Arequipa, donde hubo maquinarias para hacer pólvora, luego la Beneficencia pido que la desocupara el prefecto Díaz en 0ctubre de 1883, que luego fue arrendado por el Sr. E. M. Delgado.
En 31 de enero
de 1905 a la solicitud de un arrendatario llamado Diego Núñez (previa carta del
24 de enero) sobre la servidumbre del desagüe, se precisa “recibe agua de la
acequia de Miraflores por dos conductos por el boquerón (a) que atraviesa el
callejón, patio i saguan i desemboca en la acequia regadora de Sta. Rosa, i el
otro acueducto que sirve para regar la huerta que entra por el boquerón (b) i
desagüe por el (c) a la huerta de los señores Calle, desembocando en la misma
acequia reguladora de Sta. Rosa”, por que arrojaban inmundicias al desagüe por
parte de la casa panadería de la Valencia (casa colindante Nro. 114 de María
Cáceres de Valencia), que motivo la inspección y exhortación de la
Beneficencia.
En 29 de
setiembre de 1923 se inició un juicio de despojo iniciado por el D. Manuel E.
Rondón contra Manuel R. Postigo y la Sociedad de Beneficencia por la
servidumbre de agua de regadío para su huerta en la casa de la calle 512
Guañamarca, que busco la construcción de un canal sillar o tubería de cemento
(incluye un croquis) por un valor de $56-50, debido “a la excesiva humedad que
había ocasionado el derrumbe de la pared medianera, en la extensión de cinco
metros de largo por dos de alto, [y] con el terremoto del 11 de octubre de
1922; quedando obstruido el canal”.
Luego en trámite
de parte de jefe del departamento legal de la Beneficencia Pública de Arequipa
el Dr. Guillermo Cano Olazabal del 26 de setiembre de 1974 para poder conseguir
la certificado de posesión ante el Consejo Provincial de Arequipa para iniciar
la inscripción ante Registros Públicos, en la memoria descriptiva y planos hecha
por el arquitecto Rogelio Velásquez Salcedo.
Después del
terremoto del 23 de junio del 2001, en dicha casona funcionaba el Instituto
Educativo Albert Einstein, que era inquilino de la Sociedad de Beneficencia de
Arequipa, este intervenido y refacciono dicho inmueble (reparación de 2 bóvedas
y resanamiento superficial) por cuyo gasto fue compensado del pago 03 meses de
alquiler por la suma ascendente S/. 6 715.17 (SEIS SETECIENTOS QUINCE17/100
NUEVOS SOLES), según lo resolvió la Resolución Nro. 068-2005 del 26 de octubre
del 2005, previa supervisión del Ing. Luis Pinto Dávila y posterior apreciación
del estado del inmueble mediante informe Nro. 104-07-2005 del arquitecto Raúl
Becerra Beizaga. Posteriormente lo alquilara para el 2007 el Centro de Estudios
e Idiomas y Turismo – ESDIT.
Fuente:
Gómez Zanabria,
Gonzalo Jesús
“Estudio histórico de «María la casona Manuela
Bedoya» en la calle Rivero 510 - 512” con Informe Nro.
0009-2017/MPA/GCHZM-GJGZ presentado el 29 de septiembre del 2017 complementado
con el Informe Nro. 0007-2017/MPA/GCHZM-GJGZ sobre “Entrega de información preliminar sobre casona de la calle Rivero 510 -
512” del 20 de septiembre del 2017” para la Gerencia del Centro Histórico y
Zona Monumental de la Municipalidad Provincial de Arequipa