Calle San Agustín Nro. 101 al 113

Este inmueble ubicado en la primera cuadra de la calle San Agustín, antigua calle "de la Universidad", en el Centro Histórico de Arequipa, constituye un valioso testimonio del desarrollo urbano y arquitectónico de la ciudad desde la época colonial hasta la actualidad. Forma parte del conjunto urbano declarado Monumento Histórico del Perú mediante Resolución Jefatural N.º 348-1991 del 8 de marzo y publicado el 18 de marzo de ese año, emitida por el entonces Instituto Nacional de Cultura (INC) hoy Ministerio de Cultura. Asimismo, se encuentra dentro del área reconocida por la UNESCO como Patrimonio Cultural de la Humanidad (año 2000), lo que refuerza su valor universal excepcional y garantiza su protección legal.

De acuerdo con el Inventario del Patrimonio Histórico y el Plan de Rehabilitación Integral del Centro Histórico de Arequipa, elaborado el 27 de abril de 2001 por el Instituto Departamental de Cultura de Arequipa, con apoyo del CONCYTEC, el inmueble fue catalogado como un bien patrimonial de uso doméstico, con época de construcción estimada entre el siglo XVI y el año 1796. Este registro forma parte del proceso de identificación de edificaciones históricas con relevancia arquitectónica y social dentro del casco antiguo de la ciudad.

Este inmueble, edificada principalmente en sillar, la piedra volcánica característica de Arequipa, conserva su estructura original de dos niveles, con muros de mampostería, techos de madera y una fachada que refleja la transición estilística entre la arquitectura colonial y republicana.

El inmueble cuenta con un área total de 32.50 m² y un perímetro de 23.50 metros lineales; esta información concuerda con los datos consignados en la Ficha Registral histórica de la propiedad (Tomo 245, folios 487–488), inscrita originalmente en 1967, según la Memoria Descriptiva del Proyecto de Prescripción Adquisitiva de Dominio (marzo de 2023). Colinda por el frente con la Calle San Agustín, a la derecha con propiedad de Alfredo Neira, a la izquierda con la de Raúl Santiesteban, y por el fondo con terreno del Seminario de San Jerónimo.

De acuerdo con los registros de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), el inmueble fue inscrito en 1967 a nombre de Don Rafael Ríos Guillén, y posteriormente transferido a Don Manuel San Miguel Guzmán y Doña Ofelia Gómez de San Miguel, quienes lo adquirieron en sociedad conyugal el 15 de febrero de 1967.En el año 2000, el inmueble fue transferido a su hijo Julio Ernesto San Miguel Gómez mediante anticipo de legítima, formalizado ante el Notario Dr. César A. Fernández Dávila y registrado en la Partida Electrónica N.º 0126573 el 25 de abril de 2007.

Históricamente, según las Guías Urbanas y Directorios Comerciales de Arequipa (Kaendler 1935, Guía de Oro 1944, Manual Auxiliar 1945, y Guía 1970), los predios comprendidos entre los números 101 al 113, tuvieron usos diversos, reflejando la intensa vida económica y social del centro arequipeño. La calle San Agustín ha tenido distintos usos comerciales y urbanos a lo largo del siglo XX. En el año 1935, según la Guía Kaendler de Arequipa y Mollendo, funcionaban en esta vía las empresas de transporte de camiones R. Rodríguez y Rodríguez Rosendo en el número 111, además de un comercio vinculado a la irrigación de La Joya en el número 107, lo que evidencia su carácter empresarial y de servicios. Para 1944, la Guía de Oro de Arequipa registraba la presencia del tranvía en la primera cuadra de San Agustín, junto con la agencia de periódicos y papelería El Cuaderno y la librería y papelería del mismo nombre en el número 101, además del grifo de Rodríguez Rosendo en el número 111, reflejando la combinación de servicios culturales y de transporte. En 1945, la Guía Auxiliar Manual de la Ciudad de Arequipa confirmaba el funcionamiento de varios grifos, como El Progreso y Unión Chauffeurs (números 111 y 113), además de la Tipografía Ramírez en el número 101, mostrando el auge de servicios de impresión y expendio de combustibles. Finalmente, en 1970, la Guía Manual Auxiliar de Arequipa mencionaba la Librería San Agustín en el número 109, señal de la continuidad del uso cultural y educativo de esta tradicional calle.

En el año 2023, la Sra. Delia Agripina Cari de Carpio inició un proceso de Prescripción Adquisitiva de Dominio sobre el inmueble ubicado en Calle San Agustín N.º 107, conforme a los siguientes documentos oficiales:

Acta de Constatación Notarial (02 de mayo de 2023), donde se deja constancia de la posesión continua, pacífica y pública del inmueble con un área aproximada de 78 m² desde el año 1974, prolongando la posesión de un ocupante anterior desde 1952.

Según la Memoria Descriptiva del Proyecto de Prescripción Adquisitiva de Dominio (Arequipa, marzo de 2023) en este se precisa las dimensiones, linderos y perímetro (32.50 m² / 23.50 ML). Confirma que el inmueble se encuentra dentro de la Zona de Reglamentación Especial del Centro Histórico (ZRECH) y cumple con las normativas urbanas vigentes.

El documento indica un Área Total de 32.50 m² y un Perímetro de 23.50 metros lineales, encontrándose el predio dentro de la Zona de Reglamentación Especial del Centro Histórico (ZRECH).

Informe de Derivación del Expediente N.º 000129-2023-MPA/GDU-SGAHC.hsl (11 de julio de 2023); emitido por Humberto Sandro Manrique Lanfranco, Subgerente de Asentamientos Humanos y Catastro. Indica que el predio se ubica dentro del ámbito de protección del Centro Histórico Metropolitano (PDM 2016–2025) y debe ser evaluado por la Gerencia del Centro Histórico y Zona Monumental para pronunciamiento técnico.

Informe N.º 029-2023-MPA/GCHZM-sfbv (08 de agosto de 2023); elaborado por Stasy Barrientos Vera, Técnica de Formulación de Proyectos de la Gerencia del Centro Histórico y Zona Monumental, donde se emite opinión favorable para la visación de planos del inmueble, confirmando la correspondencia entre la memoria descriptiva, los planos y las condiciones actuales del predio. Se constata que el bien figura dentro del listado de inmuebles declarados Patrimonio Cultural, y se dispone la devolución del expediente a la Subgerencia de Asentamientos Humanos y Catastro para la continuación del trámite.