Este inmueble ubicado en la calle Ugarte 207 (antigua calle del Remedio o Mirave), en el centro histórico de Arequipa y el damero fundacional, es de estilo arquitectónico de fachada Neoclásica. Tiene la condición este inmueble de patrimonio cultural de la nación por la Resolución Jefatural No. 009-89-INC/J. del 12 de enero de 1989 y publicado el 26 de abril de 1989.
La
fachada su fábrica corresponde a 1855, como lo confirma a la fecha que se ve en
la fachada, de poca ornamentación, con 8 pilastras y un entablamento trabajado
con presencia de triglifos y metopas, con una puerta de ingreso y tres ventanas
sin ornamentación con rejas. Consta de un sola planta, la entrada principal se
da por un zaguán que nos conduce al primer patio, en donde nos encontramos
escaleras que conduce a un bloque en el segundo piso, siguiendo el recorrido,
dos chiflones nos llevan del segundo patio y por ultimo un corredor, consta de
15 habitaciones, 13 son techadas con bóveda y el resto con techo plano. Los
materiales predominantes de la construcción son el sillar para muros y techos
como madera de pino de Oregón para pisos.
Las
referencia de este inmueble datan del siglo XVII en un testamento de Antonio de
Rivero y Vera, en que el cura y vicario del pueblo de San Felipe de Ubinas en
Moquegua, señalando que este bien lo heredo de sus hermano Manuel de Rivero,
cura de Lluta que murió sin dejar testamento, Al fallecer Antonio de Rivero y
Vera, el 2 noviembre de 1721, determino su albacea el albacea Jorge Medrano
Sandoval, por disposición del testamento se fundara una capellanía lega de
logos sobre el valor de la casa, tasando el inmueble, posteriormente por
litigio se embarga este inmueble para el pago de los beneficios de la
capellanía el reverendo padre Xavier de Rivero, pero con fin de poder la
propiedad se realizan una transacción de parte los hermanos Castro Viejo de
Rivero, que posiblemente recibieron en herencia de su padre don Antonio Castro
Viejo y López en 1752, que anteriormente lo había adquirido.
En transacción
por la capellanía final figuran el capitán Pablo Sanchez de la Barra y su
esposa Agustina Theresa Castro Viejo del Rivero.
Posteriormente
doña Ancelma de la Barra y Castro Viejo, hija del capitán Pablo Sanchez de la
Barra y su esposa Agustina Theresa Castro Viejo del Rivero, lo heredo y lo
señala en su testamento del 16 de marzo de 1842, donde una parte que fue vendida
a Francisco Nieto.
Luego el inmueble Juan Bautista Delgado y esposa lo tienen en propiedad has el 29 de abril de 1876, en que lo compra José Santos Delgado y su esposa María Manuela Arias de Delgado, que anteriormente en 1869 había sido hipotecado a favor de Diego Butrón.
Posteriormente por laudo de partición de bienes del 15 de octubre de 1892, aprobado por auto judicial se favoreció a Cecilia y Victoria Delgado en partes iguales, que tiempo después Victoria Delgado de Meneses Conejo lo compra a su hermana, la madre de estas Maria Manuela viuda de Delgado en 1903 adquiere la parte de Cecilia Delgado de la Jara. Lo adquiere de forma definitiva por la adjudicación y partición de bienes el 6 de diciembre de 1913, que ratificado por el poder judicial, la Sra. Victoria Delgado de Meneses Cornejo y su esposo Andrés Meneses Cornejo, hasta el 28 de noviembre de 1940, hasta un juicio por cobro de préstamo por Alberto Vargas Carbajal contra los propietarios. Es vendida en subasta pública a favor de la Sra. María Jesús Valencia Vda. de la Paz, quienes sus herederos posteriormente lo venden al Instituto Cultural Peruano Alemán, que recupera y restaura este inmueble.